Al presentar su iniciativa de ley ante el Congreso del Estado el 18 de diciembre de 2012, el Dip. Armando Méndez de la Luz resaltó que: “Es necesario proteger a los niños a través del reconocimiento de la maternidad y paternidad, compartida por igual entre mujeres y hombres, para garantizar una mejor calidad de vida a los recién nacidos”.
De aprobarse esta ley, Veracruz contará con un procedimiento administrativo que en tan solo 66 días dará respuesta al derecho que tienen los niños de saber quiénes son sus padres a través de la Declaración de Paternidad, por medio de una prueba biológica de comparativas de marcadores genéticos, evitando con ello un largo proceso jurisdiccional por la vía civil, que actualmente dura alrededor de un año. Además, se asegura su manutención económica y acrecienta el sentido de responsabilidad con respecto a la paternidad.
La ley que se propone introduce un procedimiento administrativo ante el Registro Civil para la declaración de la filiación paterna, fundada en los criterios que “sobre el derecho de las niñas y niños a la identidad, a la certeza jurídica y a la familia, así como a recibir información sobre su origen genético y sobre la identidad de sus padres” ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Además, la madre podrá tramitar el reembolso de los gastos originados por embarazo, maternidad, puerperio y alimentos, que hayan sido generados o se generen durante los 12 meses posteriores al nacimiento, y solicitar una pensión alimenticia.
En su presentación, el Dip. Méndez de la Luz señaló que: “Con esta ley favoreceremos la armonización del marco normativo estatal con las reformas y adiciones a la Constitución General de la República, así como con los tratados internacionales en materia de igualdad entre los sexos y los derechos de la niñez”.