El Estado Mexicano ha visto quebrantada su seguridad interior debido en buena medida a los altos índices de criminalidad prevalecientes, pero también a la falta de reformas y regulaciones a la ley en la materia, que avalen o protejan a los actores que tienen la responsabilidad de preservarla, particularmente en aspectos o áreas donde la seguridad ha sido rebasada por expresiones violentas de naturaleza diversa: desde marchas de protesta de carácter político, laboral o sindical, hasta acciones de bandas dedicadas al tráfico humano, al secuestro y al crimen.
En el primer caso ha tenido que intervenir la fuerza pública; en el segundo, los extremos criminales han sido tales, que la preservación de la seguridad ha requerido la intervención de las Fuerzas Armadas.
Tenemos en México un problema de conceptualización de la Seguridad Interior, a cuyos responsables no se les ha dotado de bases legales para el eficiente ejercicio de sus responsabilidades ni una normatividad que prevenga eventuales excesos. No se ha definido, por ejemplo, en qué momento la seguridad pública, vulnerada, deja de ser tal y se convierte en un problema de seguridad interior. Este es un debate vigente que requiere con urgencia de soluciones.
La inclusión de las Fuerzas Armadas en la lucha contra el crimen, propiciada con entusiasmo por el ex presidente Felipe Calderón, encontró cobijo legal en el artículo 1º, inciso II, de su Ley Orgánica, que especifica que una de sus misiones es garantizar la seguridad interior. Sin embargo, aunque su desempeño ha sido apoyado por amplios sectores de la sociedad, otros lo han cuestionado precisamente porque los vacíos legales o de plano la ausencia de normatividad específica, le han provocado flancos vulnerables a la crítica, no obstante los graves problemas de inseguridad y violencia que resiente todo el país.
Si se considera que, además de violencia e inseguridad, México atraviesa hoy por otras crisis no menos graves: de empleo, económica, de valores éticos y morales, es riesgoso dejar en el aire o en la indefinición los fundamentos legales con que debe reforzarse y en los que debe apoyarse una lucha más eficiente de las Fuerzas Armadas contra la inseguridad en todos los órdenes, particularmente aquella que amenaza la gobernabilidad del Estado y la paz de los mexicanos.
Hay que recordar que esta institución, formada por mexicanos de carne y hueso con un alto sentido del deber, ya ha aportado una amarga cuota de vida y sangre en esta lucha. Por ello es de vital trascendencia hacer un profundo análisis de lo que acontece y, en consecuencia, integrar una estructura sobre seguridad interior; dotar a nuestras Fuerzas Armadas de sustentos orgánicos y filosóficos, así como un sólido marco jurídico, para realizar exitosamente su tarea frente a novedosas (por violentas y sanguinarias) expresiones que presentan las bandas del crimen organizado, particularmente las del narcotráfico.
De esa manera, la participación de la Fuerzas Armadas en materia de seguridad interior dejaría de ser cuestionada, muchas veces en forma irreflexiva, por sectores que sustentan una ideología contraria al régimen en el poder. En forma irreflexiva, digo, porque muchas veces estos cuestionamientos ponen en entredicho la credibilidad, la sustentabilidad de sus acciones y aun la honorabilidad de nuestras instituciones castrenses.
La Constitución legitima la actuación de las Fuerzas Armadas. No hay duda del soporte legal en que se apoya la preservación de la seguridad nacional, ni del derecho que tiene el Estado de disponer totalmente, en los términos de la ley, de la Fuerza Armada permanente, esto es, del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, tanto en defensa de la seguridad interior comoi de la sobveranía cuando hay amenazas del exterior., Pero, aún así, es imperativo contar con una estructura o un modelo de seguridad interior, al tiempo que se realice un estudio sobre las obligaciones y facultades que tiene el Presidente en tan delicada materia. En síntesis, el concepto de Seguridad Interior no es, no está especificado en ningún documento oficial y solo existe en documentos doctrinarios del Colegio de Defensa Nacional.
Para que el Estado asuma responsabilidades en materia de seguridad, sus acciones deben contar antes con la legitimidad necesaria. Habrá que estar atentos, en este contexto, al tratamiento que se le dé en el Congreso a la tan controvertida Ley de Seguridad Nacional. Hoy por hoy, la mera percepción de los problemas, y su tratamiento, convierte la seguridad nacional en seguridad pública, y sólo en su carácter de orden interno se concibe como seguridad interior.