Pero la demanda de las organizaciones de mujeres, en diferentes trincheras, ha derivado en la promulgación de instrumentos legales de carácter mundial, nacional y regional, con el fin de que la sociedad y los estados asuman su deber ético, político y jurídico, de prevenir, sancionar y erradicar cualquier amenaza y afectación al derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.Parte de la plataforma jurídica incluye:
-57 Comisión sobre el estatus jurídico y social de las mujeres, la necesidad de tipificar en determinadas circunstancias como “feminicidio”. En América Latina hasta 2012, siete países han aprobado leyes que tipifican este delito: Chile, Costa Rica, México, Perú, El Salvador y Nicaragua.
-La Asamblea General de las Naciones Unidas, en 1979, aprobó la Convención de Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW), garantizando a los Estados Parte, el poder para tomar medidas y acciones tendientes a lograr plena igualdad del hombre y la mujer.
-A nivel regional, la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, aprobó, en 1994, la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres (en adelante Convención Belem do Pará), reconociendo que toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y libertades consagrados por instrumentos legales.
Aunado a la suscripción como Estado Parte de los instrumentos internacionales antes descritos, y a la instrumentación de diferentes reformas legislativas, México asumió la responsabilidad de desarrollar una política criminal con perspectiva de género, así como políticas públicas y acciones que fortalezcan, por un lado, las estrategias de persecución y sanción de los responsables de los hechos de violencia contra las mujeres, y también, que garanticen la reparación y compensación del daño de la víctima.
Según las declaraciones de Luis Alfonso de Alba, representante ante la ONU de nuestro país, la legislación mexicana es una de las más avanzadas del mundo. En diciembre de 2006 se aprobó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2007), la cual ofrece, por primera vez, conceptos de diversos tipos de violencia que se ejercen contra las mujeres y los ámbitos en los que se puede practicar, así como la tan anhelada construcción de políticas públicas, destinadas a abordar integralmente el grave problema, destacando además, la inclusión del concepto de “vulnerabilidad múltiple”, que se refiere no sólo a violencia de género, porque también contempla a migrantes, indígenas y discapacitadas.
Toda esa plataforma debería estar dando frutos; sin embargo, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), creada en junio de 2009 como órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, informó que en los últimos años el número de feminicidios se ha incrementado 400 por ciento, y que el mayor volumen de esos asesinatos se concentra en estados como el Distrito Federal, Estado de México, Baja California, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Michoacán, San Luis Potosí, Aguascalientes, Jalisco, Puebla, Chiapas y Veracruz.
Entonces, las preguntas obligadas son: ¿Qué sucede con la aplicación de los acuerdos internacionales ratificados por nuestro país? ¿Para qué las reformas legales y la creación de estructuras inoperantes que no dan respuesta al reclamo de las ciudadanas libres? ¿Dónde están las acciones afirmativas del Estado mexicano, si todos los días se incrementan las mujeres asesinadas? Dentro de sus atribuciones, la CONAVIM tiene la obligación de hacer funcionar el sistema nacional, donde se integran todas las entidades federativas, así como realizar diagnósticos y estudios apegados a la realidad, declarar la Alerta de Violencia de Género, y notificarla al titular del poder ejecutivo de la entidad federativa que corresponda.
Aquí llegamos al punto de la coyuntura ¿Qué sucede con el instrumento que debería materializar en la realidad cotidiana de las mexicanas todo lo antes descrito? A pesar de los esfuerzos realizados por legisladoras, académicas, activistas y la ciudadanía alarmada, para detener esta violencia extrema no se ha logrado consolidar como una medida real en la implementación de acciones urgentes a favor de la vida, la libertad y la seguridad de las mujeres, un mecanismo eficaz en el combate a la violencia de género.
La demanda permanente de organizaciones nacionales, como el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidios (OCNF), para la aplicación de la Alerta de Violencia de Género, en estados como Guerrero, Veracruz, Estado de México y Nuevo León, ha sido desechada, a pesar de estar documentadas las cifras de asesinatos a mujeres por razones de género.
De igual forma, Católicas por el Derecho a Decidir (CDD), advirtió: “El nuevo procedimiento para la declaratoria de género es una simulación”, pues las observaciones hechas por la ciudadanía a las recientes reformas de la reglamentación de la materia fueron eliminadas, legalizando en cambio los obstáculos que dejaron en desamparo a miles de mujeres que a diario sufren diversos delitos como la trata, la violación y el feminicidio.
Concluyen y coinciden las organizaciones ciudadanas en la materia en que este mecanismo sigue siendo parcial, discrecional y no transparente, quedando las peticionarias al margen del proceso, debido a que no se les notifica la resolución hasta después de seis meses. Las recomendaciones que emita la Secretaría de Gobernación a los estados podrán, o no, ser aceptadas e incluso sugerir modificaciones. Resulta inaudito cómo se violenta el derecho a la verdad.
Por lo tanto podemos resumir: las cifras registradas en el país de más de dos mil 299 casos de feminicidios, de los cuales sólo el 24 por ciento se ha sometido a investigación –concentrándose el mayor número en el Estado de México–, pone en evidencia una carente y total falta de voluntad política del gobierno federal, para garantizar el funcionamiento del mecanismo de Declaratoria de Alerta de Género. En siete años no se ha decretado ninguna alerta de género, ni las exigencias hechas a las autoridades encargadas de este mecanismo se han concretado en una respuesta que asuma la responsabilidad de reorientar su estrategia “para garantizar de manera efectiva su funcionamiento y salvaguarden en realidad la vida de las mujeres”.
Finalmente, a todo lo anterior habría que sumarle que el Código Federal de Procedimientos Penales, que será único y sustituirá a los propios de cada entidad federativa, contiene graves retrocesos, entre los cuales podemos citar que el feminicidio no se tipifica como delito grave, y se elimina la investigación de oficio para los casos de violencia familiar en los que se utilicen armas de fuego y la violencia reiterativa; con lo cual nos queda claro que la agenda de las ciudadanas mexicanas no está en la federal.
Expreso nuestra indignación y consternación pues ningún feminicidio debería ocurrir, y es preciso fortalecer un frente común donde sociedad y gobierno de manera unida hagamos nuestra aportación para cerrarle el paso a esta intolerable expresión de violencia.
Informar a la ciudadanía es darle herramientas para salir adelante, es educar dentro de un nuevo paradigma donde mujeres y hombres puedan verse a los ojos como iguales y avanzar hombro a hombro.